Tramitamos su crédito formativo 100%
Su empresa dispone de una bonificación anual para la formación de sus trabajadores, que se puede hacer efectiva descontándola de la cuota de la Seguridad Social del mes siguiente a haber realizado la formación. El porcentaje que puede deducirse será mayor cuanto menor sea el tamaño de su empresa.
- Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100%www.ienrformacion.es
- Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75%www.ienrformacion.es
- Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%www.ienrformacion.es
- Empresas de 250 o más trabajadores: 50%www.ienrformacion.es
Condiciones
Para beneficiarse de ésta bonificación y financiar la formación de sus trabajadores, su empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Que el centro de trabajo esté ubicado en el territorio del Estado Español.
- Que desarrolle formación para sus trabajadores y cotice por la contingencia de formación profesional.
Para que una acción formativa pueda ser bonificada, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Notificar la formación con una antelación mínima de 7 días naturales.
- Máximo 8 horas diarias de formación por trabajador al día.
- Duración de la acción no inferior a 6 horas.
- Que la formación finalice antes del 31 de Diciembre.
- IenR FE pone a su servicio a nuestro equipo de profesionales que le asesorarán durante todo el proceso


